Sector empresarial define un aporte máximo de 6 % para ley de Pensiones
La Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción en Venezuela (Fedecamaras) y la Confederación Venezolana de Industriales (Conindustria) redactaron las respectivas propuestas que presentarán ante la Asamblea Nacional (AN) en cuanto al proyecto de ley de protección de las pensiones de seguridad social.
“La alícuota debería ser establecida por la Ley conforme a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en otras leyes nacionales; y no debe ser superior al 6%. La justificación de ello es que la alícuota debe ser entre moderada y baja, pues este tributo no puede ser equivalente al efecto que sería tener una nómina adicional inexistente, equivalente al porcentaje establecido como alícuota, porque una situación así no es sostenible para ninguna empresa privada”, indica el documento de Fedecámaras al que tuvo acceso El Pitazo.
Argumentaron que en una economía con una caída importante del PIB, de 75%, la caída de los mercados, la disminución de las industrias y de los empleos formales, dificulta que bajo el esquema de ley planteado, las pocas empresas que operan formalmente asuman cargas adicionales.
Con esta ley para la protección de las pensiones el Gobierno busca exigirle a las empresas el tributo para el pago del sistema de pensiones, justificando la acción por las sanciones impuestas por Estados Unidos sobre empresas y funcionarios del Estado.
Ante esto, Conindustria apuntó en el documento enviado a El Pitazo: “Un 15% sobre el ingreso integral mensual que pagan los empleadores del sector privado a sus trabajadores significa no solo un desestímulo a la contratación de trabajadores y al crecimiento del sector que ofrece empleos formales; sino que, a todas luces, es un escenario insostenible para cualquier compañía, viéndose éstas obligadas a reducir la nómina y detener el avance sostenido de recuperación del ingreso de los trabajadores que han implementado hasta ahora, para poder cumplir con dicha contribución especial”.
Asimismo, en su propuesta empresarial sobre la ley de pensiones destacan que, en ningún caso, la base del cálculo de la contribución especial excederá de tres veces el ingreso mínimo integral definido por el Ejecutivo Nacional, por cada trabajador.
Con información de El Pitazo


