Revisado caso de estudiantes aplazados en el municipio Falcón
Ante las denuncias realizadas por un grupo de profesores del Liceo Nacional Br. Héctor M. Peña de Pueblo Nuevo, municipio Falcón, sobre que les estaban obligando a que realizaran una segunda revisión a estudiantes, que según ellos no tienen las competencias para ser promovidos, los representantes de la red intercircuital del municipio Falcón, aclararon que el procedimiento está ajustado a la ley y los derechos y a las instrucciones del Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Desiré Céspedes , supervisora intercircuital del municipio Falcón, señaló “escuchamos a una de las partes en la sala situacional de la red intercircuital, es decir a los representantes, quienes colocaron una denuncia sobre el proceso de revisión donde habían sido aplazados sus representados, hijos, y que habían unas situaciones un poco irregulares en lo que fue el proceso de evaluación, ya que como se sabe es un proceso a distancia y que tenía que venir con el acompañamiento pedagógico del docente”
Explica Céspedes, que una vez recibida la denuncia se trasladadó hasta la institución un equipo integrado por el coordinador de bienestar estudiantil de la red intercircuital, la supervisora circuital y la defensoría educativa, que busca la protección y bienestar para los niños, niñas y adolescentes.
Explicó Cespedes que “ellos plantearon sus alegatos, en ningún momento se llegó de manera arbitraria, más bien de forma mediadora, apelando al humanismo, apelando a la evaluación del estudiante desde lo cognitivo, afectivo, lo psicosocial y considerando que estamos en un momento en que las circunstancias nos están llevando a una educación a distancia que debe tener unos procesos de flexibilización, de entendimiento de que el estudiante está en casa apoyado por el representante y que el docente debe irle dando las orientaciones como realizar la evaluación”
En tal sentido señala que esta medida se establece en la circular 006696 que regula cual es el proceso de revisión y que dentro del proceso de revisión existen dos formas de evaluación “para la primera forma, que en la que ellos se están basando deben existir tres actividades de superación pedagógica, las cuales no se hicieron, solo se hizo una y con esa sola actividad se evaluó todo el contenido el cual es excesivamente extenso para el tiempo que le dieron al estudiante”.
Ante esta situación los representantes de la red intercircuital consideran que el contenido que se les dio a los estudiantes era muy extenso y que asumiéndolo de manera presencial en 90 minutos no podría haberlo realizado.
“No se aplicó las otras dos actividades de superación pedagógica, solamente se aplicó esa sola y ellos dicen que no pueden aplicarle las segunda forma pero para cubrir la segunda forma tienen que haber las tres primeras actividades de superación pedagógica y todavía no se ha completado el proceso”, enfatizó la supervisora de la red intercircuital del municipio Falcón.
Por su parte Junior Bracho, defensor educativo, explicó que «se hizo el abordaje necesario y el procedimiento con la red intercircuital, al recibir la denuncia nos dirigimos allá un equipo multidiciplinario y se hizo una reunión con todas la partes y nosotros estamos amparados por (la) Zona Educativa, por la coordinación regional de (educación) media general y la coordinación de defensorías educativas y en ningún momento hemos actuado de manera ilegal”.
Ante los alegatos dado por los docentes que denunciaron la situación, Desiré Céspedes dio a conocer que en la circular 0004, se establece que se puede crear un equipo multidisciplinario, cuando no se hace el debido proceso, es decir que cuando no se hace la primera forma con la tres actividades o el representante alega que no fue evaluado de una manera objetiva se busca otros docentes para que realicen el procedimiento tal cual se establece.
Finalmente, hicieron un llamado a los docentes en conflicto a leer y comprender la circular 006696 y que se pueda conciliar con el equipo de defensoría educativa y la red intercircuital que, según ellos, más allá de buscar hacerle daño al personal docente directivo busca el bienestar y protección de los estudiantes.
Danilo Sarmiento / CNP: 10.435


