Copei Legitimo dispuesto a trabajar por el revocatorio a gobernador de Falcón

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Los dirigentes del Copei Legítimo ODCA en el estado Falcón están dispuestos a trabajar para estimular los mecanismos necesarios para llevar a cabo la intención de referéndum contra el gobernador de Falcón, Víctor Clark.

El presidente de esta organización, Edgar García ha informado que se llevará la intención a la plenaria del Frente Amplio Venezuela Libre, capítulo Falcón para establecer los mecanismos a cubrir y seguir.

“Yo no dudo de que en el estado Falcón todos no se vayan a sumar en la activación de un revocatorio” y haya una iniciativa en la mesa. Las encuestas revelan, asegura el político, este es el peor gobierno de los falconianos.

Para ello se requiere además la participación de la sociedad civil y otras organizaciones con fines políticos. Evaluó la situación de los servicios en la entidad en cualquiera de sus áreas “ninguno de esos servicios funcionan”.

Este martes 15 de octubre, se inicia el período para ejercer el derecho constitucional a la solicitud del Referendo Revocatorio de mandatos de los cargos de elección popular de Gobernadores de 22 de los 23 estados del país, consagrado en el artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, alertó la ONG Súmate.

Solicitud que debe ser presentada ante la Oficina Regional Electoral (ORE) del CNE en la entidad federal respectiva, dependencia administrativa que está obligada a recibirla y dar respuesta cuanto antes entregando el formato de planilla correspondiente en el cual deberán recoger las manifestaciones de voluntad de al menos el 1 por ciento del total de los electores inscritos en el Registro Electoral del estado respectivo, para que se constituyan en el Grupo Promotor del revocatorio, según lo dispuesto en el artículo 10 de las Normas vigentes para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular publicadas en la Resolución Nº 070906-2770 del 06 de septiembre de 2007 y contenidas en la Gaceta Electoral N° 405 del 18 de diciembre de ese mismo año. 

Asimismo, el CNE está obligado a la publicación de la lista de los cargos sujetos a Referendos Revocatorios, como también del cronograma asociado a los mismos, tal como lo exige el artículo 31 de las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular contenidas en la Gaceta Electoral
N° 405 del 18 de diciembre 2007: “El Consejo Nacional Electoral establecerá mediante un cronograma los lapsos para el proceso de constitución de las agrupaciones de ciudadanas y ciudadanos y para la promoción y la solicitud de los referendos revocatorios.” Aclaró la organización a través del portal web Tenemos Noticias.

Joanne López Ch. CNP 12.894

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