15 preguntas aún sin respuestas sobre el caso de la muerte de Víctor Hugo Quero Navas
Tras 16 meses de desaparición forzada, el Ministerio de Servicio Penitenciario informó que el preso político Víctor Hugo Quero Navas falleció el 24 de julio de 2025 en el Hospital Militar. Durante su cautiverio, las autoridades impidieron que su madre y sus abogados conocieran su ubicación o revisaran el expediente que lleva el Tribunal Especial Segundo de Terrorismo. Dos días antes de confirmar su fallecimiento, un juzgado negó la amnistía y mantuvo la causa judicial abierta a pesar de que ya el acusado tenía nueve meses sepultado.
El comunicado del Ministerio de Serivio Penitenciario y la opacidad oficial han dejado más preguntas y una sola respuesta: que Víctor Hugo Quero está muerto. Aquí repasamos algunas interrogantes pendientes.
¿Por qué le negaron la amnistía a Víctor Hugo Quero después de muerto?
El 5 de mayo el Tribunal negó la aplicación de amnistía a Víctor Hugo Quero Navas y decidió mantener abierta la causa judicial, a pesar de que el acusado ya tenía más de nueve meses muerto. En el comunicado del Ministerio de Servicio Penitenciario se cita un acta de defunción fechada el 30 de julio de 2025. ¿Esa acta fue incorporada al expediente judicial? ¿El juez sabía que le estaba negando la amnistía a un muerto? Y si no lo sabía, ¿por qué el acta de defunción no llegó a los tribunales?
¿El expediente del Ministerio Público incorporó el acta de defunción de Víctor Hugo Quero Navas?
Según una comunicación de la Defensoría del Pueblo entregada a Carmen Navas el 24 de octubre de 2025, el expediente en la Fiscalía de su hijo es el «MP-151328-2023». Para esa fecha, según informaron ambas instituciones a la madre del acusado, todavía éste estaba recluido en el Rodeo I, a pesar de que ahora el gobierno confirmó que llevaba tres meses muerto. ¿El expediente de la Fiscalía no tenía el acta de defunción? ¿Por qué?
¿Quién estuvo a cargo del acta de defunción de Víctor Hugo Quero Navas?
El acta de defunción de Víctor Hugo Quero Navas, según dice el gobierno, es la «número 2635, folio 135, tomo 11, de fecha 30 de julio de 2025, correspondiente al Registro público de la parroquia Santa Rosalía, municipio Libertador del Distrito Capital». Visto que ni la Fiscalía, ni la Defensoría ni el tribunal dieron cuenta de ella en sus comunicaciones del 24 de octubre de 2025 y del 5 de mayo de 2026, ¿dónde estaba ese papel? ¿Quién era el encargado de distribuirlo entre todos los despachos para cerrar ese caso?
Por otra parte, el acta de defunción se emitió en la parroquia Santa Rosalía a pesar de que ninguno de los lugares ni de custodia ni de muerte corresponden a esa parroquia. El hospital militar se ubica en la parroquia San Juan, de Caracas, y el centro de reclusión queda en la parroquia Guatire, del municipio Zamora. ¿Por qué la jefatura Santa Rosalía emitió un documento de algo que no ocurrió en su jurisdicción?
¿Por qué la fecha de defunción en el supuesto lugar de sepultura de Víctor Hugo Quero difiere de la fecha de defunción mencionada en el comunicado del gobierno que admite la muerte?
En el cementerio Parque Jardín La Puerta, en Hoyo de la Puerta a las afueras de Caracas, una tumba para dos personas muestra el nombre (mal escrito) de Víctor Hugo Quero Navas, junto a su fecha de nacimiento y la de su fallecimiento: 27 de julio de 2025. Pero el comunicado del Ministerio de Servicio Penitenciario afirma que Quero murió el 24 de julio de 2025, es decir, tres días antes. ¿Por qué esta diferencia? ¿Cuándo realmente murió Quero Navas?
Hay que decir que Víctor Hugo Quero tampoco nació el 18 de agosto de 1974, como afirma la hoja que identifica su supuesta sepultura, sino al día siguiente, el día 19.
Por cierto, si en la tumba lo que había era un papel con las fechas… ¿cómo aguantó ese papel durante 10 meses sin destruirse por la intempérie?
¿Había una orden expresa para que otros funcionarios le mintieran a Carmen Navas?
Desde que Víctor Hugo Quero Navas fue detenido su madre lo andaba buscando. Carmen Navas afirma que acudió a El Rodeo I al menos unas 12 veces. «¿Por qué insiste en venir?», le gritó un funcionario en una de esas visitas a la señora de 81 años de edad. También fue a la sede de la Dgcim en Boléita, donde primero estuvo detenido al ser apresado en enero de 2025, y le respondieron que allí no estaba.
¿Por qué el ministerio afirma que «ningún familiar se presentó a solicitar visita formal» del detenido?
Carmen Navas ha dicho reiteradamente que visitó la Dgcim en Boleíta varias veces y acudió al Rodeo I al menos 12 veces. También desde el mes de enero de 2025 visitó sedes de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) en La Yaguara, el Helicoide, y el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc). Pero además acudió al Ministerio Público, al Ministerio de Servicio Penitenciario, y a los tribunales. En ninguna de esas instancias le informaron sobre el paradero de Víctor Hugo Quero.
¿Por qué la Fiscalía y la Defensoría le mintieron a Carmen Navas?
El 24 de octubre 2025, la Defensoría del Pueblo le informó a Carmen Navas que su hijo Víctor Hugo Quero Navas «actualmente se encuentra en» el Rodeo I, tras consulta con la Fiscalía 67 del Área Metropolitana de Caracas. Ya entonces llevaba tres meses muerto, según confirma ahora el Gobierno.
¿Qué responsabilidad tiene la funcionaria Dionita Coronado en este asunto?
Coronado firmó como «Defensora III» una comunicación entregada a la madre Carmen Navas con fecha 24 de octubre de 2025, afirmando que las diligencias de su despacho y las consultas con el Ministerio Público determinaban que Víctor Hugo Quero «actualmente se encuentra en el Centro de Detención el Rodeo I», cuando para esa fecha ya tenía tres meses muerto. En su escrito, la funcionaria cita una conversación con la Fiscalía 67 del Ministerio Público.
La Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo establece entre las competencias de ese organismo la potestad de «visitar e inspeccionar libremente las dependencias y establecimientos de los órganos del Estado, así como cualquiera otra institución o empresa en la que se realicen actividades relacionadas con el ámbito de su competencia, a fin de garantizar la protección de los derechos humanos».
Pero la carta firmada por Coronado solo apunta que hubo una solicitud de información a la Fiscalía y una mirada al expediente del caso en manos del Ministerio Público. Se puede presumir que Coronado no acudió al Rodeo I para ver al detenido y confirmar que estuviera en buenas condiciones, pues se hubiera dado cuenta de que ya no estaba allí. ¿O sí fue?
¿Tarek William Saab y Alfredo Ruiz sabían que Víctor Hugo Quero estaba muerto?
El funcionario era Fiscal General para la fecha de la detención, 3 de enero de 2025, y supuesta muerte de Víctor Hugo quero, en julio de ese año. El Ministerio de Servicio Penitenciario asegura que el acusado tuvo traslado hospitalario, muerte, inhumación y acta de defunción. ¿El Fiscal General nunca se enteró, o se enteró y lo ocultó? Carmen Navas ya entonces reclamaba información sobre el paradero de su hijo, y en octubre la Fiscalía 67 le informó que estaba preso todavía en El Rodeo I, tres meses después de su muerte y entierro. Esa información fue respaldada también por la Defensoría del Pueblo que encabezaba Alfredo Ruiz, quien al parecer continúa formando parte de ese organismo aun después de su renuncia a conducirlo. el reclamo de la madre duró 16 meses, y nunca tuvo respuesta de estas dos personas.
¿Por qué el Cicpc tardó dos semanas en pedir información al Ministerio de Servicio Penitenciario del caso?
El comunicado del gobierno afirma que el Cicpc inició una investigación sobre el paradero que Quero Navas el 10 de marzo de 2026 –ocho meses después de su muerte– por noticia criminis, y que el 12 de ese mes entrevistó a Carmen Navas. La madre ha contado que ese episodio se trató de un interrogatorio que duró cinco horas y la dejó sin voz. La policía científica, sin embargo, solicitó información sobre el reo al Ministerio encargado de las prisiones apenas el 25 de marzo siguiente. Habían pasado ya dos semanas.
¿Cuánto tiempo tardó el ministerio de prisiones en encontrar la información del caso?
Según el comunicado del Ministerio, el Cicpc solicitó información del caso a ese despacho el 25 de marzo de este año. El resultado es la divulgación de la muerte de Quero Navas, con los detalles de que presentó problemas de salud estando preso, fue llevado al hospital militar, y murió 10 días después, como establece un acta de defunción. ¿Cuándo se obtuvieron estos detalles? ¿Qué tan difícil fue encontrarlos? ¿Por qué este ministerio tardó 43 días en dar una respuesta con las resultas de esa revisión de expedientes?
¿Por qué la Defensoría del Pueblo pide una investigación exhaustiva sobre el caso, en vez de querellarse penalmente?
En el comunicado sobre el caso publicado por la Defensoría del Pueblo, se lee que «es imperioso que los organismos competentes ordenen una investigación exhaustiva, independiente y transparente» sobre lo ocurrido. El despacho encabezado por Eglée González Lobato, no obstante, es uno de esos organismos competentes.
El artículo 15 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo la faculta a «interponer, adherirse o de cualquier modo intervenir en las acciones de inconstitucionalidad, interpretación, amparo, hábeas corpus, hábeas data, medidas cautelares y demás acciones o recursos judiciales, y cuando lo estime justificado y procedente». Es decir, querellarse o iniciar una acción penal ante tribunales.
En ese sentido, también está facultada por el artículo 123 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: «La Defensoría del Pueblo y cualquier persona natural podrán presentar querella contra funcionarios o funcionarias, o empleados públicos o empleadas públicas, o agentes de las fuerzas policiales, que hayan violado derechos humanos en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas».
¿La investigación anunciada por el Ministerio Público llegará «hasta lo más alto»?
¿O se quedará solo en funcionarios de bajo rango, con acusaciones de papeleos irregulares, errores del sistema y demás?
¿Cuándo fue realmente detenido Víctor Hugo Quero?
Carmen Navas ha dicho desde hace 16 meses que su hijo fue detenido el 1° de enero de 2025, cuando no llegó a casa. Pero el comunicado del Ministerio de Servicio Penitenciario afirma que Víctor Hugo Quero fue detenido el 3 de enero de ese año. ¿Qué pasó con él durante esos dos días que el Estado no registra todavía la detención? Cuándo fue realmente apresado?
¿Por qué detuvieron a Víctor Hugo Quero Navas?
Hasta ahora sabemos que fue detenido en enero de 2025. Que fue acusado de los tres delitos que ya son «típicos» en las imputaciones a presos políticos: «traición a la patria, conspiración y terrorismo». Que fue llevado al Rodeo I. Que murió bajo custodia del Estado. Que su madre nunca supo de su paradero. Pero aún nadie sabe exactamente por qué se llevaron preso inicialmente a quien, según cuenta su madre, vendía blue jeans en La Hoyada como comerciante informal. Hay quien presume se trataba de «cuotas» de detenidos que había que cumplir, otros apuntan que rencillas personales se transformaban en cárcel. Lo que está claro no obstante, es que la opacidad se impone en este y tantísimos otros casos de «personas anónimas» que han estado o siguen en las prisiones venezolanas. Por cierto, siempre es bueno recordar que en derecho penal la «conspiración» necesita determinar con quién conspiraba el supuesto conspirador y para qué. Pero tribunales y la fiscalía hace tiempo dejaron de incorporar esa consideración a las causas penales.
En el documento que le entregaron a su madre Carmen Navas el 5 de mayo al negar la amnistía, no obstante, la lista de delitos es distinta a la que refería la comunicación de la Defensoría del Pueblo en octubre de 2025, pues se afirmaba que está acusado de «terrorismo, financiamiento al terrorismo, asociación para delinquir». También se le señala de supuestamente ser traidor a la patria y conspirador con gobiernos extranjeros. Se le vincula a Agencia Central de Inteligencia (CIA) de los Estados Unidos y al Centro Nacional de Inteligencia Española (CNI). Además, se le relaciona a Iván Simonovis, según contó Navas.
La ñapa: ¿La Asamblea Nacional iniciará una investigación también?
Si bien es cierto que el Ministerio Público es el titular de la acción penal, el parlamento venezolano puede iniciar investigaciones en su rol de poder contralor para determinar responsabilidades políticas en este caso, como en tantos otros. ¿Lo hará? La pregunta es válida, siendo que lo ocurrido el 3 de enero tampoco ha tenido consecuencia en el Legislativo que tampoco ha querido investigar los hechos de ese día.
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