Opinión

 Se acabó el tiempo

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Quiero empezar este artículo dando argumentos, como por ejemplo: según el artículo 234 de la Constitución Nacional, las faltas temporales del presidente son suplidas por el vicepresidente hasta por un máximo de 90 días.
Este primer plazo de 90 días venció a principios de abril de 2026. A pesar de esto, el oficialismo buscó sostener la continuidad mediante interpretaciones amañadas del Tribunal Supremo de Justicia.
Sectores jurídicos y de los factores democráticos del país señalaron que la Asamblea Nacional no aprobó formalmente la prórroga parlamentaria requerida en su momento.
Ahora bien, la Constitución venezolana establece de manera tajante que una falta temporal puede ser prorrogada por la Asamblea Nacional por 90 días más, fijando un tope absoluto e improrrogable de 180 días, entiéndase esto como 6 meses.
Veamos entonces. Al cumplirse exactamente 6 meses desde el inicio del interinato – el pasado 3 de enero– expertos constitucionalistas y organizaciones de la sociedad civil coinciden que el argumento del amparo constitucional, para mantener la presidencia encargada bajo la figura de «ausencia temporal», se ha agotado por completo.
Esto implica que al haberse acabado el tiempo máximo que la ley permite para una suplencia temporal, sin que el presidente titular regrese a sus funciones, la normativa constitucional obliga a cambiar el estatus de la situación.
¿Cómo sería esto? Diversos juristas argumentan que el Parlamento está obligado a declarar la falta absoluta del presidente bajo el artículo 233.
La consecuencia legal de activar la falta absoluta es drástica para la continuidad del actual esquema, pues la ley dicta que deben convocar elecciones presidenciales universales, directas y secretas dentro de los 30 días consecutivos siguientes.
He tratado en los párrafos anteriores hacer una lectura sosegada, técnica y comedida de la situación constitucional con relación a este período de encargaduría o encargatura de la Presidencia de la República, esto partiendo de un análisis político-constitucional. Sin embargo, debemos introducir a esto varios elementos como los siguientes:
Primero, la presidencia de Nicolás Maduro no era legítima, recordemos que Maduro se robó las elecciones presidenciales pasadas. Segundo, la Asamblea Nacional que dirige Jorge Rodríguez no es legal y sus actuaciones son espurias y, tercero, la dinámica política nacional pasa por la renovación de todos los poderes públicos.
Ahora bien, si ajustamos el deber ser con el ser –pragmático y político– la situación es sencilla, la encargada debe entregar el poder; su tiempo se acabó. Necesitamos que se celebren elecciones presidenciales con supervisión internacional y con un nuevo Consejo Nacional Electoral.
Y, esto no puede verse como una posición a espalda de la actual situación nacional agudizada por los terremotos, sino como parte de una solución total de ese y todos los demás problemas.
Pues, la reconstrucción nacional y el apoyo a las víctimas pasa por un nuevo gobierno que dé respuesta, que genere confianza y que sí trabaje por la gente.
Así de sencillo.
Sin más que agregar, nos leemos la próxima semana.
 Por Omar González Moreno