Refugiado vasco sigue indocumentado a pesar de orden de la Comisión Nacional de Refugiados
El presidente del Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) continúa incumpliendo la legalidad vigente que posibilita documentar a personas refugiadas, al seguir desacatando la orden de la Comisión Nacional de Refugiados, pues no se le ha expedido un documento de identidad al refugiado vaso Asier Guridi Zaloña.
El caso del refugiado Asier Guridi Zaloña afecta a toda una familia; su pareja venezolana desde hace 17 años y su hijo de 13 años nacidos en Maracay, están ambos actualmente en situación irregular en Europa porque aquél no puede transmitir derechos que regularizarían en Europa a su pareja e hijo.
Añade que la Ley Orgánica de Refugiados y Asilados en Venezuela, en su artículo 18 establece que «si la solicitud es aprobada, la Comisión notificará al Ministerio del Interior y Justicia a fin de la expedición del documento de identidad correspondiente», mientras la Ley Orgánica de Refugiados y Asilados en Venezuela, a su vez, indica en su artículo 26 que «a las personas reconocidas como refugiadas en la República Bolivariana de Venezuela, se les brindarán todas las facilidades para tramitar su naturalización».
Se hace mención a que el Estado está incumpliendo la Convención sobre el Estatuto de Refugiados, cuyo artículo 25 señala que «las autoridades a las que se refiere el párrafo 1 expedirán o harán que bajo su vigilancia se expidan a los refugiados los documentos que normalmente serían expedidos a los extranjeros por sus autoridades nacionales….» También la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951 (art. 25): «Los Documentos o certificados expedidos reemplazarán a los instrumentos oficiales expedidos a los extranjeros por sus autoridades nacionales; o por conducto de estas, y harán fe salvo prueba en contrario», y finalmente el Protocolo sobre el Estatuto del Refugiado de 1967, del cual la República Bolivariana de Venezuela es signataria, en su artículo 1: «Los Estados Partes en el presente Protocolo se obligan a aplicar los artículos 2 a 34 inclusive de la Convención a los refugiados…»
Con información de TalCual


