Opinión

La Noticia Penal

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EL ESTADO DELINCUENTE Y EL TSJ LEGITIMO . Feliz año 2020 a todos mis grandes amigos, enemigos, conocidos, y hasta desconocidos. El año 2019 cerró con mucho avance a nivel Judicial Penal en lo que respecta al TSJ en el exilio, con la propuesta de crear a nivel internacional, un Circuito Judicial Penal que ventile Casos de Delincuencia Trasnacional y otros tipos penales, que bajo la impunidad del Ministerio Publico, vienen cometiendo funcionarios del Régimen de Maduro y Cabello. Ese tema es importante debatirlo con los especialistas de la rama y que los mismos aporten a sala plena esa creación Jurisdiccional. Ahora bien el  caso de la declaración, suscrita por 124 países en diciembre de 2000, y siguiendo el esquema del estado Venezolano como un grupo de Delincuencia Organizada Trasnacional, es urgente analizar sobre el enunciado de ese documento jurídico. Debe considerarse por grupo delictivo organizado, a un equipo estructurado de tres o más personas (NM, DC, JR, PL), existiendo durante cierto tiempo, y actuando concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o tipificados con arreglo a la Convención, con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro de orden material. Asimismo la Convención unificó criterios y doctrinas al respecto, que hasta entonces se encontraban dispersas, avanzando en la dilucidación de factores directamente implicados con la delincuencia organizada transnacional. Es entonces,  por grupo estructurado se entenderá un grupo no creado fortuitamente para la comisión inmediata de un delito y en el que no es necesario que se haya asignado a sus miembros funciones formalmente definidas,  ni exista continuidad en la condición de miembro o una estructura desarrollada. Por delito grave se entenderá la conducta que constituya un delito punible con una privación de libertad máxima de al menos cuatro años o con una pena más destacada. Por bienes se entenderá los activos de cualquier tipo, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y los documentos o instrumentos legales que acrediten la propiedad u otros derechos sobre dichos activos. Por producto del delito se entenderá, los bienes de cualquier índole derivados u obtenidos directa o indirectamente de la comisión de un delito. Es entonces que sin duda, lo que Vive Venezuela es el clásico ejemplo Negativo e ilustrado cotidianamente, de cómo funciona una Organización Criminal siendo más grave y agravante, que utiliza instituciones del estado para enmascarar sus actos típicos punibles. Esos hechos ocurren bajo la mirada complaciente de un poder Judicial arrodillado en todos sus niveles (JUECES DE INSTANCIA Y DE ALZADA), que obtienen beneficios de esa lucha perversa entre jefes de carteles para llenar arcas privadas con vómitos de dólares, sacrificando al pueblo que necesita alimentos y medicinas por sacar las necesidades básicas y elementales. La iniciativa del TSJ que Preside Antonio Marval no es tan descabellada, pero habría que estudiar y encuadrar la posibilidad de creación de tales tribunales, y la viabilidad funcional con la Cooperación de algunos Gobiernos solidarios con la causa Venezolana, ya que los sujetos que tienen dinero fuera de la nación, por lo general, buscan tentáculos con miembros de Gobiernos en América y Europa sobre todo con ideales Comunistas. SEGUIMOS.

Por ABOGADO: SALVADOR J. GUARECUCO C.

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