El gobierno de Nicolás Maduro extiende la emergencia económica por 60 días
El Gobierno de Nicolás Maduro decidió prorrogar por dos meses más el estado de emergencia económica que se encuentra vigente en el país desde abril. La medida, que ya había sido extendida en dos ocasiones anteriores (agosto y octubre), fue oficializada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.944, con fecha del 8 de diciembre.
Esta nueva extensión ocurre en un clima de elevada tensión política con Estados Unidos, cuyo gobierno ha aumentado la presión con un despliegue militar en el Caribe, la incautación de un buque cargado con crudo venezolano y sanciones dirigidas a seis empresas navieras.
Facultades especiales para el ejecutivo
Esta coyuntura, que complica el panorama económico nacional, motiva al Ejecutivo a mantener la potestad de implementar acciones extraordinarias en los ámbitos económico, financiero y social. De acuerdo con el nuevo decreto, el Gobierno de Maduro obtiene las siguientes facultades especiales:
- Dictar regulaciones excepcionales y temporales para restaurar los equilibrios económicos.
- Suspender el cobro de impuestos (nacionales, estatales y municipales) y los trámites administrativos asociados para proteger el aparato productivo.
- Concentrar en el Tesoro Nacional la recaudación de tasas y contribuciones especiales y reorientar recursos de fondos existentes.
- Crear mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y elusión fiscal, y suspender la aplicación de exenciones tributarias nacionales.
- Establecer cuotas de compra obligatoria de la producción nacional para promover la sustitución de importaciones.
- Estimular la inversión (nacional e internacional) y las exportaciones no tradicionales para generar divisas.
- Autorizar erogaciones y gastos no previstos en el Presupuesto Anual, con cargo al Tesoro Nacional.
- Dictar normas excepcionales que permitan y amplíen las operaciones y montos de crédito público y endeudamiento de la República, sin la necesidad de someterse a otros Poderes Públicos.
- Autorizar las contrataciones necesarias para garantizar los derechos fundamentales de la población.
Suspensión de garantía constitucional
El artículo 3 del decreto subraya una disposición significativa: se suspende la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica, financiera y monetaria por el tiempo que dure la emergencia económica.
Finalmente, se reafirma que el Presidente de la República está facultado para dictar cualquier otra medida de orden social, económico o político que considere conveniente para la estabilidad del país frente a la situación mundial.
Con información de El Impulso


