TSJ aprueba reinicio de operaciones de la petrolera Halliburton y le retorna sus bienes
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó el reinicio de operaciones de la empresa de Servicios Halliburton de Venezuela, S.A, dedicada al sector petrolero, y ordenó la devolución de sus bienes muebles e inmuebles.
En la sentencia 327 de la Sala, publicada este lunes 27, se decretó una medida cautelar innominada para permitir el reinicio de las operaciones de la empresa, que estaba paralizada desde diciembre de 2020 debido a las restricciones por la Licencia General 8G del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.
La compañía argumentó que el embargo ejecutivo generaba «un daño importante a los intereses patrimoniales de la República al impedir que uno de los más importantes actores de la industria petrolera en el mundo pueda retomar sus actividades en nuestro país dentro del plan de reactivación general de la industria petrolera que está desarrollando el Ejecutivo Nacional».
Halliburton además fue demandada 57 extrabajadores debido a reclamos de prestaciones en tribunales del estado Zulia, señaló el medio de corte oficialista Últimas Noticias.
Si bien los magistrados declararon improcedente una medida cautelar innominada de suspensión temporal de los efectos del embargo ejecutivo, autorizaron el ingreso de una comisión técnica gerencial a las instalaciones ubicadas en Zulia. También destacaron «el interés estratégico del sector de hidrocarburos como núcleo dinámico del desarrollo socioeconómico nacional».
Debido a esto, determinaron que las ejecuciones de embargos no son medidas que «garantizan suficientemente los derechos de los trabajadores».
Los magistrados destacaron que «constituye un hecho notorio que el país exige ingentes recursos para sortear las dificultades económicas por las cuales atraviesa».
Empresas como Halliburton, puntualizaron «son activos invaluables para la reactivación de la economía en beneficio del pueblo venezolano, por lo que requieren una especial atención; siendo ello consustancial a la tutela de los derechos de los trabajadores altamente especializados, cuyas oportunidades laborales dependen del reinicio de los proyectos energéticos…que permita garantizar fuentes de trabajo y los ingresos suficientes y dignos para el sostenimiento de los trabajadores y sus familias».
En la misma sentencia, la Sala Social indicó que designará a un «veedor judicial» que contará «con amplias facultades de revisión, debiendo levantar un inventario judicial de los bienes muebles e inmuebles objeto de embargo e informar periódicamente a esta Sala respecto a la ejecución de esta medida».
TalCual