La ONU urge a Venezuela a reconsiderar su postura ante los tribunales e instancias internacionales

Tres relatores especiales y 2 grupos de trabajo de la ONU instaron a las autoridades interinas a reconsiderar la denuncia del Estatuto de Roma y a mantener su compromiso con los mecanismos internacionales y regionales de protección de derechos humanos. Advirtieron que la decisión “conlleva riesgos inconmensurables para el acceso de las víctimas y sus familias a la verdad, la justicia y la reparación por las violaciones más graves del derecho internacional, en particular los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad y el genocidio”.

Por provea.org

La comunicación (AL VEN 3/2026) fue enviada al Estado venezolano el 18 de agosto de 2026 y se hizo pública al vencer el plazo de 60 días para responder. Hasta la fecha, las autoridades interinas no han respondido. La suscriben el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición; el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias; el Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados; y el Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas.

Las autoridades interinas denunciaron el Estatuto de Roma el 24 de julio de 2026. Los expertos recordaron que, según el artículo 127 del Estatuto, la denuncia solo surte efecto un año después de notificada al secretario general de la ONU y que, hasta entonces, el Estado sigue obligado a cumplir todas sus obligaciones frente a la Corte. Además, la denuncia “no afecta ni a la competencia de la CPI respecto a los crímenes cometidos durante el período en que el Estado era parte del Estatuto de Roma, ni a las obligaciones de cooperación derivadas de los procedimientos ya iniciados por la CPI”.

Los mandatos ubicaron la decisión en “un contexto global de ataques contra la CPI por parte de Estados de diferentes regiones del mundo”, y citaron la declaración de la Presidencia de la Asamblea de los Estados Partes tras el retiro de Burkina Faso, Malí y Níger. Sobre los argumentos de supuesta selectividad de la Corte, señalaron que esas preocupaciones deben plantearse en el diálogo institucional previsto en el propio Estatuto, en particular ante la Asamblea de los Estados Partes.

La comunicación recuerda que en 2018 un panel de expertos de la OEA halló fundamentos razonables para concluir que se cometían crímenes de lesa humanidad en Venezuela, y que ese mismo año varios Estados remitieron la situación a la Fiscalía de la CPI. En 2020 la Fiscalía concluyó que existían motivos razonables para creer que se habían cometido esos crímenes y, un año después, la Corte abrió una investigación formal sobre crímenes atribuidos al régimen de Nicolás Maduro, incluidos tortura, violencia sexual y otros actos inhumanos.

Los expertos señalaron que “no se ha llevado a cabo ninguna investigación verdaderamente independiente, exhaustiva, imparcial y eficaz sobre gran parte de las presuntas violaciones”. Recordaron que la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela concluyó que las deficiencias del poder judicial han “contribuido directamente a la impunidad de las violaciones de los derechos humanos y los crímenes, y han impedido que las víctimas de violaciones perpetradas por los organismos de seguridad e inteligencia del Estado accedan a recursos legales y judiciales efectivos”. Por ello, subrayaron que “para muchas víctimas de los crímenes más graves, la CPI sigue siendo el único recurso judicial capaz de garantizar que los responsables rindan cuentas por sus actos”.

Los mandatos solicitaron a las autoridades interinas información sobre:

1 La compatibilidad del retiro con su obligación de garantizar a las víctimas un recurso útil y efectivo, en particular el acceso a la verdad, la justicia y una reparación adecuada.

2 Las medidas adoptadas para garantizar el acceso a recursos efectivos, incluida la indemnización, y garantías de no repetición.

3 Las medidas y procedimientos para investigar y enjuiciar a los presuntos responsables, y la cooperación internacional emprendida para garantizar la rendición de cuentas.

La Patilla