La dignidad humana
Iniciamos el tema de la dignidad humana, resaltando que en el pasado como consecuencia
directa a la flagrante desigualdad que existía en la mayoría de las sociedades,
donde unos pocos tenían el poder y el resto nada, la dignidad estaba asociada
erróneamente al poder y la riqueza y no se le veía como es hoy, un derecho
absolutamente reconocido y natural de los seres humanos.
Para muchos especialistas, el concepto de
Derechos Humanos como lo conocemos hoy, surge luego de la Revolución Francesa,
en 1789. A
partir de esa fecha cambió el paradigma.
Sin embargo, la primera Constitución que consagró la obligación del Estado de
respetar la dignidad humana, fue la Constitución de Irlanda de 1937, que afirmó
expresamente en su artículo 1º.: “La
dignidad del hombre es intocable. Respetarla
y protegerla es obligación de todo poder estadal”. El solo hecho de saber
que si alguien pisotea nuestra dignidad, pondrá en cierto riesgo nuestro
derecho a la justicia, a la equidad y a la libertad, es una motivación para
promoverla y cuidarla de cualquier tipo de agresión. Ahora bien, de nada vale
todas las leyes que nos protege, si las desconocemos.
Dicho esto, al día de hoy tenemos que
estar claro que democracia y derechos fundamentales van de la mano e incluso a
nivel básico con la idea de la dignidad humana. Los derechos humanos no son,
sino la expresión jurídica de la dignidad de las personas y su función, es
precisamente permitir y garantizar su respeto. La democracia es el espacio
en el que pueden desarrollarse las relaciones políticas de la comunidad en un marco
de respeto a la dignidad.
Es muy significativo saber, que la dignidad humana es el derecho que
tiene cada uno de ser valorado como sujeto individual y social, en igualdad de
circunstancias con sus características y condiciones particulares por el solo
hecho de ser persona.
De acuerdo a lo antes dicho, toda persona
está en capacidad de expresar sus ideas, así como elegir su profesión, vocación
u oficio, con el único límite de respetar la dignidad de los demás, aplicando
dos principios; el del respeto y el de la benevolencia. El principio del respeto: implica reconocer el derecho ajeno para
poder vivir en paz y tranquilidad… El
principio de la benevolencia: implica la cualidad del ser humano de tomar
acciones que beneficien a los demás.
En mi muy humilde reflexión final, pienso
que fundamentando la dignidad desde una perspectiva conectada con nuestra
manera de ser, resaltando que la persona es el único ser que es sui iuris, dueño de sí mismo, de su
propio ser, con la consecuencia de que el ser humano sólo puede ser tratado
como fin y nunca como medio. Siempre
será sujeto, nunca objeto y, por tanto, no puede ser valorado por medio de
un precio, las cosas tienen precio, mientras los seres humanos tienen dignidad.
En síntesis: la dignidad no se negocia, uno muere con ella. El auto respeto y
la autenticidad; son acciones que nos conducen a la dignidad humana.
Gracias por haber leído el artículo, si le
gustó, ayúdeme a compartirlo con sus familiares y amigos.
¡Un abrazo lleno de bendiciones! ¡Hasta el
próximo miércoles, Dios mediante!
Por
Fredis Villanueva